sábado, 16 de agosto de 2014

Sentencia de Tribunal Supremo portugués favorece adventistas

14 agosto, 2014 - Categoría: Areas, Internacional - Sin comentarios
Portugal111Fuente: Paulo Sérgio Macedo/EUD
Las sentencias históricas del Tribunal Constitucional amplían la interpretación de la Ley de Libertad Religiosa, respecto la observancia de un día semanal de descanso y la exención respectiva de trabajo por motivos religiosos.
La Ley 16/2001, Ley de Libertad Religiosa, a pesar del enorme progreso acordado sobre la protección de libertad de conciencia, culto y religión en Portugal, en su artículo 14 establece algunas condiciones de cuya verificación depende la exención de trabajo en el día semanal de descanso, y su interpretación por algunos empleadores, a lo largo del tiempo, ha sido obstáculo y presentado dificultades a empleados adventistas. A causa de una de esas condiciones (número 1, a)), que declara que el trabajador tiene derecho a suspender su trabajo durante los días de descanso por motivos religiosos, si trabaja en un sistema de horario laboral flexible, pero si hay varios empleados que trabajan en este sistema a turnos, se le deniega el derecho, incluso si cumple el resto de condiciones.Portugal111
Durante los últimos años, la Unión Adventista Portuguesa de la Iglesia Adventista del Séptimo Día ha intentado sensibilizar a las autoridades en estas dificultades y urgiendo a sopesar la necesidad de un cambio en el artículo  para que sea respete y perimta un espíritu aperturista, que subyace en la misma base del mismo.  Este esfuerzo tuvo su eco en una respuesta de su excelencia, el Sr. Ombudsman, quien encontró razones para cuestionar al Ministerio de Justicia, y éste, a su vez, en la Comisión de Libertad Religiosa, que en este momento, tiene la reflexión sobre este punto en su agenda.  http://noticias.adventista.es/2014/08/14/sentencia-de-tribunal-supremo-portugues-favorece-adventistas/

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