"Con la huída de los hugonotes quedó Francia sumida en general decadencia.
Florecientes ciudades manufactureras quedaron arruinadas; los distritos más
fértiles volvieron a quedar baldíos, el entorpecimiento intelectual y el
decaimiento de la moralidad sucedieron al notable progreso que antes imperara.
París quedó convertido en un vasto asilo: asegúrase que precisamente antes de
estallar la Revolución doscientos mil indigentes dependían de los socorros del
rey. Únicamente los jesuítas prosperaban en la
nación decaída, y gobernaban con infame tiranía sobre las iglesias y las
escuelas, las cárceles y las galeras."
El mismo Ignacio de Loyola dice: "Que cada cual se convenza de que cuantos viven bajo el voto de obediencia deben dejarse llevar y dirigir por la divina Providencia y sus instrumentos, los superiores, tal cual si fueran cadáveres que se dejan llevar a cualquier parte y tratar de cualquier modo, o como el bastón que un anciano tiene en la mano y maneja como le da la gana."
"Esta sumisión absoluta es ennoblecida por lo que la motiva y -prosigue el fundador- debería ser pronta, alegre y constante; ... el religioso obediente cumple gozoso con lo que le han encargado sus superiores para el bien común, seguro de que así corresponde verdaderamente a la voluntad divina." -Regulae Societatis Jesu, Summarium, párrs. 33-36 (ed. de Roma, 1607, págs. 12, 13).
El mismo Ignacio de Loyola dice: "Que cada cual se convenza de que cuantos viven bajo el voto de obediencia deben dejarse llevar y dirigir por la divina Providencia y sus instrumentos, los superiores, tal cual si fueran cadáveres que se dejan llevar a cualquier parte y tratar de cualquier modo, o como el bastón que un anciano tiene en la mano y maneja como le da la gana."
"Esta sumisión absoluta es ennoblecida por lo que la motiva y -prosigue el fundador- debería ser pronta, alegre y constante; ... el religioso obediente cumple gozoso con lo que le han encargado sus superiores para el bien común, seguro de que así corresponde verdaderamente a la voluntad divina." -Regulae Societatis Jesu, Summarium, párrs. 33-36 (ed. de Roma, 1607, págs. 12, 13).
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