La regulación estipula que los alimentos a la venta solo serán productos envasados, nunca perecederos, se situarán claramente diferenciados del resto mostrando carteles explicativos y no podrán ser usados ni en restaurantes ni en el resto de establecimientos de hostelería.
El tiempo máximo durante el cual se permitirá la venta de estos productos será de una semana para aquellos cuyo vencimiento exprese el día y mes, de un mes en los que figure la caducidad por mes y año y hasta tres meses para los que la fecha de consumo sólo indique el año.
La norma vulnera sin embargo la reglamentación de la Unión Europea en ese campo ya que rechaza el consumo de alimentos caducados “pues pueden suponer un riesgo para la salud” al ser muchas bacterias tóxicas, tales como la listeria o la salmonella, imperceptibles por el olor o la apariencia del producto.
A principios de 2012 el Parlamento Europeo aprobó una resolución por la cual se recomendaba la venta a precios reducidos de alimentos dañados o cercanos a su fecha de caducidad- pero nunca después de esta- para hacerlos más accesibles a las personas necesitadas.
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