Este martes el gobierno santafesino promulgó la ley que restablece el descanso dominical obligatorio para los empleados de comercio. Deberá contar con la adhesión de los concejos municipales.
La norma aprobada por la Legilsatura regula los horarios y limita la apertura de locales comerciales durante los días domingo y los feriados nacionales. Lleva el número 13.441 y su aplicación efectiva en cada ciudad de la provincia deberá contar con la adhesión de los concejos municipales. El texto promulgado lleva la firma del ministro de Gobierno, Rubén Galassi. La norma fue publicada el último viernes en el Boletín Oficial.
Regulación
En su artículo 1º señala que "los establecimientos comerciales y/o de servicios de la provincia de Santa Fe deberán permanecer cerrados los días domingos y los declarados como feriados nacionales que se detallan taxativamente: 25 de mayo, 20 de junio, 9 de julio, 26 de septiembre y el Día del Empleado de Comercio". "De esta manera, la ley ingresó en la historia grande de los trabajadores mercantiles al devolver este derecho cercenado en los 90", señaló la Asociación de Em pleados de Comercio ayer en un comunicado. La norma promulgada por el Poder Ejecutivo también legisla en cuanto al horario para los días 24 y 31 de diciembre, estipulando que permanecerán cerrados desde las 18 horas, ambos días.
Historia
El proyecto que dio vida a esta ley surgió a mediados del 2013 por iniciativa del gremio mercantil. También obtuvo el respaldo de los gremios que agrupan a trabajadores de la industria de la carne, dragado y balizamiento, de empleados de la Legislatura santafesina, municipales y bancarios, entre otros. El 4 de octubre de 2013, la Cámara de Diputados de Santa Fe le dio media sanción al proyecto, el cual fue girado luego a Senadores, de donde con algunas modificaciones volvió a la Cámara de origen. El 6 de noviembre pasado, en medio de la violenta presión ejerció una cadena de supermercados, Legislatura santafesina transformó en ley el proyecto.
Fuente: Sin Mordaza - Uno
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